Depósito Legal

El depósito legal es la legislación que ha permitido desde épocas lejanas consolidar la preservación  del patrimonio cultural en las bibliotecas de cada país. En Cuba la legislación existente apenas aseguró el ingreso de la obra impresa en la Biblioteca Nacional. Es por ello que el gobierno revolucionario dictó el Decreto 3387 del 17 de mayo de 1964, donde declaró a la BNJM como la única institución adecuada para llevar a la práctica  la tarea de compilación y archivo sistematizado de cuanto se publicara en el país.

La nueva proyección alcanzada por el trabajo desplegado por la Biblioteca Nacional de Cuba José Martí y el Sistema de Bibliotecas publicas del país, así como las transformaciones operadas en la estructura socioeconómica de la nación y el surgimiento de nuevos portadores de información hizo que se elaborara un nuevo proyecto, el cual fue aprobado el 20 de mayo de 1999, el decreto No. 265.

Esta legislación tiene entre sus principales objetivos.

  • Completar la Bibliografía Nacional
  • Formar las colecciones requeridas por la BNCJM y las bibliotecas públicas.
  • Atesorar el patrimonio actual impreso.
  • Elaborar las estadísticas de la producción bibliográfica nacional.
  • Establecer las funciones y competencia de todos  los implicados en esta obligación.

Ley de depósito legal, decreto No. 265

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